convencion cheques

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Artículo 7 En general, todas las situaciones referentes al pago del cheque. Artículo 8 Los cheques presentados a una cámara de compensación se regirán por la Convención. Artículo 9 La ley podrá no ser aplicada en el territorio que la considere contraria a su orden público. Artículo 10 La Convención estará abierta a la firma de los Estados Miembros de la OEA Artículo 11 La presente Convención está sujeta a ratificación. Artículo 12 Abierta a la adhesión de cualquier otro Estado.  Artículo 13 Reservas a la Convención al momento de firmarla, ratificarla, al adherirse. Artículo 14 Entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado el segundo instrumento de ratificación.

Tags: derecho internacional

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