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DIPLOMADO CORPORATIVO FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES
Artículo 25 Corresponde al Estado la rectoría del Desarrollo Nacional para garantizar que esta sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático.
El Estado planeara, conducirá, coordinara, y orientara la actividad económica nacional y llevara a cabo, las Actividades que demande el interés general.
ARTÍCULO 26 Artículo 26.- El Estado organizara un sistema de planeación democrático del desarrollo nacional (Establecerá el Plan Nacional de Desarrollo). Mensaje del Presidente Felipe Calderón Hinojosa El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece una estrategia clara y viable para avanzar en la transformación de México sobre bases sólidas, realistas y, sobre todo, responsables.
Está estructurado en cinco ejes rectores: 1. Estado de Derecho y seguridad. 2. Economía competitiva y generadora de empleos. 3. Igualdad de oportunidades. 4. Sustentabilidad ambiental. 5. Democracia efectiva y política exterior responsable. http://pnd.presidencia.gob.mx/ Los fines del Proyecto nacional contenidos en la constitución determinaran los objetivos de la planeación. La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales del país.
ARTÍCULO 28 Artículo 28.- En los EUM quedan prohibidos los monopolios y las prácticas monopólicas. En consecuencia la ley castigara severamente y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tengan por objeto obtener el alza de lo0s precios.
ARTICULO 73 Artículo 73.- Facultades del Congreso de la Unión, para legislar en: Fracción IX.- Para impedir que en el comercio de Estado a Estado se establezcan restricciones. X.- Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123 XXIX-D.-Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, así como ……. XXIX-E.- Para expedir leyes para la programación, promoción, concertación y ejecución de acciones de orden económico, especialmente las referentes al abasto y otras que tengan como fin la producción suficiente y oportuna de bienes y servicios, social y nacionalmente necesarios. XXIX-F.- Para expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional.
Materiales de Apuntes personales para las catedras impartidas por del candidato a Dr. José Fernando García Villanueva. Constitución Política Mexicana.
Summary: fundamentos constitucionales relativos a la empresa
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